Entra en vigor el nuevo Código de Conducta del Instituto de Actuarios Españoles

Con fecha 1 de enero de 2021, entrará en vigor el nuevo Código de Conducta Profesional que regula los principios éticos, deontológicos y de conducta de los actuarios en el desempeño de su actividad profesional, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

El nuevo Código de Conducta del IAE se rige por cinco principios básicos:

  • Integridad: el actuario ha de actuar con honestidad y con los más altos estándares de integridad.
  • Competencia y diligencia: el actuario debe realizar servicios profesionales de manera competente y diligente.
  • Cumplimiento normativo: el actuario ha de cumplir con todos los requisitos legales, reglamentarios y profesionales relevantes.
  • Objetividad e imparcialidad: el actuario no debe permitir que los prejuicios, los conflictos de intereses o la influencia indebida de terceros anulen su juicio profesional.
  • Comunicación: el actuario debe ser capaz de transmitir las implicaciones de cualquier análisis y asesoramiento de una manera que sea comprensible para sus clientes.

El nuevo texto, que es de aplicación todos los actuarios en el ámbito de la Unión Europea, homogeniza el rigor de la profesión de actuario en Europa, al aplicarse a los actuarios de 35 países europeos.

Este Código establece los principios clave de conducta, siendo los propios actuarios quienes deben velar en primera persona por el espíritu y la intención del Código, que va mucho más allá de una mera interpretación literal.

El nuevo código que entra en vigor se aplica a todos aquellos servicios profesionales prestados por un actuario en relación con entidades gestoras de planes y fondos de pensiones, aseguradoras y reaseguradoras, y entidades de servicios financieros, así como a todos aquellos actos profesionales fundamentados en criterios actuariales, como puede ser una valoración del Baremo de Autos o la gestión de riesgos ERM, entre otros.

El nuevo código, aprobado en la Asamblea General del IAE celebrada el 30 de septiembre de 2020, recoge exactamente las directrices aprobadas en su momento por la Asamblea General de la AAE para su entrada en vigor el 1 de enero de 2021 y sustituye al Código de Conducta previo, aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del IAE el 9 de diciembre de 1996.

Adicionalmente, el Código de Buen Gobierno del IAE, aprobado en julio de 2019, regula los principios éticos de todos los miembros del Instituto de Actuarios Españoles en sus actuaciones en representación del mismo; es decir, es aplicable, entre otros a los miembros de la Junta de Gobierno, otros representantes en órganos de gobierno o comités internacionales por razón de designación del Instituto, así como a los empleados del IAE.

Asimismo, el nuevo Código de Conducta se complementa con las normas y estándares profesionales del IAE aplicables al ejercicio profesional de los actuarios, como la Guía de Autorregulación de la Función Actuarial bajo Solvencia II, los European Standards of Actuarial Practice -ESAP- (Normas Europeas de Práctica Actuarial), o los International Standards of Actuarial Practice –ISAP- (Normas Internacionales de Práctica Actuarial).

El ESAP 1 está, además, expresamente recogido en el ordenamiento jurídico, en el artículo 10, relativo al Control de calidad de la Circular 1/2018, de 17 de abril, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se desarrollan los modelos de informes, las guías de actuación y la periodicidad de la revisión del informe sobre la situación financiera y de solvencia, individual y de grupos, y del responsable de su elaboración como aspectos de obligada aplicación por los actuarios. 

Es necesario señalar que el Código de Conducta sirve de marco para la toma de decisiones en aquellos procedimientos disciplinarios que se tramiten en el Instituto de Actuarios Españoles por incumplimiento de las normas de deontología profesional, por incumplimiento de los Estatutos o las Normas Estatutarias de Desarrollo, donde se aplicará el correspondiente régimen sancionador.