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¿QUE ES EL NIFF 19? (II) Isabel Casares Senior Manager de la Asesoría Actuarial y de Seguros de KPMG
Como indicábamos en la primera parte de este artículo, la NIIF19 es la Norma Internacional de Información Financiera que prescribe el tratamiento contable y los desgloses de información financiera acerca de los compromisos por pensiones u otros similares con los trabajadores y beneficiarios por su relación laboral. En esta segunda parte del artículo se describe el procedimiento de cuantificación y consiguiente reconocimiento contable de los compromisos por pensiones según establece la NIIF 19, lo que básicamente dependerá de que los compromisos de la empresa sean de aportación definida o de prestación definida. Finalmente, se analiza el tratamiento contable previsto por esta norma internacional en el caso particular de que la empresa hubiera exteriorizado sus compromisos mediante la contratación de pólizas de seguros. 1. Contabilización de los compromisos de aportación definidaLa contabilización de este tipo de compromisos es relativamente sencilla puesto que la obligación de la empresa se corresponde con los importes a aportar en cada período. Por consiguiente, no es preciso realizar cálculo actuarial alguno para determinar el pasivo o el gasto, ni existen pues desviaciones actuariales. En cada período, la empresa deberá reconocer frente a los empleados sus obligaciones de aportación como contrapartida al desempeño de su trabajo, por lo que: § Se dota una provisión por la aportación devengada en período, neta en su caso de cualquier pago realizado. Si las aportaciones realizadas superasen los importes devengados, el exceso se presenta como un activo (gasto anticipado) en tanto sea recuperable mediante devolución o reducción de las aportaciones a realizar en el futuro.§ Se reconoce un gasto por la misma cuantía.En general, el pasivo es pagadero durante los doce meses siguientes, por lo que no será usualmente necesario descontar el pasivo a su valor actual. Sólo en aquellos casos en que el pago fuese a superar el corto plazo será preciso proceder a este descuento, para lo que se utilizará un tipo de interés de mercado a la fecha del balance de situación, determinado con referencia a renta fija privada de alto rating o de deuda pública de la misma moneda y vencimiento que la aportación a satisfacer. 2. Contabilización de los compromisos de prestación definida La contabilización de los planes de prestación definida es más compleja, pues requiere la utilización de hipótesis actuariales para cuantificar las obligaciones y el gasto correspondiente a cada periodo, y además existe la posibilidad de que se produzcan ganancias o pérdidas actuariales. Además, las obligaciones registran a sus valores descontados actuarialmente, puesto que la prestación puede ser satisfecha varios años después de que los empleados hayan prestado de sus servicios laborales. Dependiendo de la legislación aplicable, los compromisos de prestación definida pueden mantenerse en el pasivo del balance de situación, o pueden estar total o parcialmente exteriorizados a través de fondos de pensiones o pólizas de seguros. En cualquier caso, el pago de las prestaciones cubiertas a través de un fondo, cuando se convierten en exigibles, depende no sólo de la situación financiera y el rendimiento de las inversiones mantenidas por el fondo, sino también de la capacidad y la voluntad de la empresa para cubrir cualquier insuficiencia de los activos del fondo. Por tanto, la empresa es, en esencia, el tomador de los riesgos actuariales y de inversión asociados con el plan. En consecuencia, el gasto que se ha de reconocer en un plan de prestación definida, no es necesariamente igual a la cantidad que se va a aportar en el período. La contabilización por parte de la empresa de los compromisos de aportación definida requiere seguir los siguientes pasos: a) Utilización de técnicas actuariales para hacer una estimación fiable del importe de las prestaciones que los empleados han devengado en razón de los servicios que han prestado en la empresa.b) Descuento de las prestaciones utilizando el método de la unidad de crédito proyectada (Project Unit Credit), a fin de determinar el valor actual de la obligación acumulada y el coste normal anual.c) Determinación del valor razonable (fair value) de cualesquiera activos afectos al plan.d) Determinación del importe total de las pérdidas o ganancias actuariales, así como del importe de esas pérdidas o ganancias que deban ser objeto de reconocimiento contable..e) En el caso de que el plan haya sido de nueva creación o hayan cambiado las condiciones, determinación del correspondiente coste por servicios pasados.f) Por último, en el caso de que haya habido reducciones en el plan o liquidación del mismo, determinación de la ganancia o pérdida correspondiente.Si la empresa mantiene más de un plan de prestación definida, habrá de aplicar el procedimiento señalado en los pasos anteriores por separado a cada uno de los planes significativamente distintos. El importe reconocido, en el balance de situación, como un pasivo por prestaciones definidas debe ser la suma neta total de los siguientes importes: a) El valor actual actuarial de las obligaciones por prestación definida en la fecha del balance.b) Menos el valor razonable, en la fecha del balance, de los eventuales activos afectos al plan con los cuales se liquidan directamente las obligaciones.c) Más cualquier ganancia actuarial (menos cualquier pérdida actuarial) no reconocida contablemente, según se explica más abajo.d) Menos cualquier coste procedente de servicios pasados todavía no reconocido.
La cantidad resultante puede ser negativa (es decir, resultar un activo) y la empresa debería valorarla como la menor cantidad de: a) Dicha cantidad resultante; yb) La suma de:§ El importe acumulado neto no reconocido de pérdidas actuariales y costes por servicios pasados.§ El valor actual actuarial de reembolsos a recibir del plan o reducciones en futuras aportaciones al mismo.Lo indicado no debería resultar en una ganancia que es reconocida, únicamente, por haberse producido una pérdida actuarial o coste por servicios pasados en el periodo actual o en una pérdida que es reconocida únicamente por haberse producido de una ganancia actuarial en el periodo actual. La empresa debería, por tanto, reconocer inmediatamente: a) Pérdidas actuariales netas y coste por servicios pasados del período actual que excedan de cualquier reducción en el valor actual actuarial de los reembolsos a recibir o reducciones de las futuras aportaciones, yb) Ganancias actuariales netas y coste por servicios pasados del período actual que excedan de cualquier incremento en el valor actual actuarial de los citados reembolsos o redacciones de futuras aportaciones.Esto se aplica en una empresa sólo si tiene al principio o final del periodo contable, un beneficio (exceso del valor razonable de los activos del plan sobre el valor actual actuarial de la obligación por prestación definida) en un plan de prestación definida y no puede, basándose en las condiciones actuales del plan, recuperar ese beneficio totalmente a través de reembolsos o reducciones en futuras aportaciones. En tales casos, el coste por servicios pasados y las pérdidas actuariales que surgen en el período, cuyo reconocimiento se difiere, incrementarían el total neto y; por tanto, daría lugar al reconocimiento de un beneficio. Esta norma prohíbe el reconocimiento de un beneficio en estas circunstancias. El efecto opuesto surge con ganancias actuariales que surgen en el período, el reconocimiento de las cuáles se difiere, hasta el punto en que las ganancias actuariales reducen una pérdida actuarial acumulativa no reconocida. Esta norma prohíbe el reconocimiento de una pérdida en estas circunstancias.Puede aparecer un activo neto cuando el plan de prestación definida está sobredotado, o bien en otros casos cuando se acaban de reconocer ganancias actuariales. La empresa reconocerá un activo en tales casos porque: a) La empresa controla un recurso económico, que se manifiesta en su capacidad para utilizar el superávit en la generación de beneficios futuros;b) Este control es el resultado de sucesos pasados (aportaciones realizadas por la empresa y servicios prestados por los trabajadores); yc) Los beneficios económicos futuros llegarán a la empresa en forma de reducciones en las aportaciones futuras o en forma de reembolsos, que puede recibir directamente la empresa o pueden ir a otro plan con déficit.Cuenta de pérdidas y gananciasLa empresa debe reconocer como gasto o como ingreso, el importe neto total de las siguientes cantidades: a) El coste de los servicios del período, es decir, el coste normal anual.b) El coste financiero.c) El rendimiento esperado de los activos del plan, así como de cualesquiera derechos de reembolso.d) Las pérdidas y ganancias actuariales, en la medida que sean objeto de reconocimiento.e) La amortización del período del coste por servicios pasados.f) El efecto de cualquier reducción o liquidación del plan.
Reconocimiento y valoración de las obligacionesEl coste final de un compromiso de prestación definida puede estar influido por diferentes variables, tales como los sueldos en la jubilación, la rotación y mortalidad de los empleados, las tendencias en los costes de asistencia médica y el rendimiento obtenido de la inversión de los activos del plan. Con el fin de determinar el valor actual de las obligaciones contraídas, así como el coste normal anual, es necesario: a) Medición actuarial del valor actual de las prestaciones utilizando el método de la unidad de crédito proyectada.b) Distribuir el coste de las prestaciones entre los períodos de vida laboral de los empleados.c) Utilizar hipótesis actuariales no sesgadas (ni imprudentes ni excesivamente conservadoras) y compatibles entre sí.Pérdidas y ganancias actuarialesAl proceder a la cuantificación de los pasivos por prestación definida, la empresa debe reconocer, ya sea como ingreso o como gasto, una parte de sus ganancias y pérdidas actuariales, siempre que el importe neto no reconocido de sus pérdidas y ganancias actuariales, al final del periodo contable inmediatamente anterior, hubiera excedido de la mayor de las siguientes cantidades: a) El 10% del valor actual de las obligaciones por prestación definida en esa fecha (antes de deducir el valor de los activos afectos al plan); yb) El 10% del valor razonable de los activos afectos al plan en esa fecha.Esos límites deben ser calculados y aplicados por separado para cada uno de los planes de prestación definida existentes. La parte de las pérdidas y ganancias actuariales que ha de ser reconocida para cada uno de los planes de prestación definida es el importe del exceso, dividido entre el número de años de vida laboral activa que, en promedio, resten a los empleados participantes en tal plan. No obstante, la empresa puede adoptar cualquier método, de carácter sistemático, que produzca un reconocimiento más rápido de las citadas pérdidas y ganancias actuariales, siempre que se apliquen las mismas bases de reconocimiento para las pérdidas y para las ganancias, y que la aplicación sea hecha de manera sistemática en los diferentes periodos. Las pérdidas y ganancias actuariales pueden producirse por incrementos o disminuciones en el valor actual de las obligaciones por prestación definida, o bien por variaciones en el valor razonable de los activos relacionados con el plan. Entre las causas de tales pérdidas o ganancias se encuentran las siguientes: a) Tasas de rotación, de mortalidad, de jubilación anticipada o de incremento de salarios inesperadamente altas o bajas entre los empleados, así como variaciones en las prestaciones (si las condiciones formales o implícitas contemplan incrementos cuando haya inflación) o en los costes de atención médica.b) El efecto de los cambios en las estimaciones de las tasas futuras de rotación, de mortalidad, de jubilación anticipada o de incremento de salarios de los empleados, así como el efecto de las variaciones en las prestaciones (si las condiciones formales o asumidas contemplan incrementos cuando haya inflación) o en los costes de atención médica cubiertos por el plan.c) El efecto de las variaciones en la tasa de descuento.d) Las diferencias entre el rendimiento real y el previsto de los activos del plan.Consideradas en el largo plazo, las pérdidas y ganancias actuariales pueden compensarse entre sí, por lo que las estimaciones de los compromisos de jubilación se consideran como una banda de fluctuación con respecto a la mayor estimación. Por lo tanto, Este Norma exige que la empresa reconozca, contablemente como mínimo, una porción específica de las pérdidas o ganancias actuariales en cuanto estas caigan fuera de la banda de fluctuación de más o menos un 10% de la mejor estimación. La Norma permite también la aplicación de métodos sistemáticos de reconocimiento más acelerados, siempre que los mismos cumplan ciertas condiciones. Coste por servicios pasadosAl medir sus pasivos por prestación definida, la empresa debe proceder a reconocer el coste por servicios pasados como un gasto, repartiéndolo linealmente entre el periodo medio que reste hasta la consolidación definitiva del derecho a recibir las prestaciones. No obstante, cuando las prestaciones sean de naturaleza irrevocable de forma inmediata tras la creación o modificación de un plan de prestación definida, la empresa deberá proceder a registrar contablemente de forma inmediata los costes de servicios pasados. El coste de servicios pasados aparece cuando la empresa introduce un plan de prestaciones definidas o cambia las prestaciones a recibir dentro de un plan ya existente. Tales cambios tienen como contrapartida los servicios prestados por los empleados en el período de tiempo en que se consolida el derecho irrevocable a recibir las prestaciones. Por tanto, el coste por servicios pasados se reconocerá a lo largo de dicho periodo de tiempo, con independencia de que el coste se refiera a servicios prestados por los empleados en períodos contables previos. Del coste de los servicios pasados se excluyen: a) El efecto de las diferencias entre los incrementos reales de los salarios y los incrementos previamente asumidos como hipótesis.b) Estimación en exceso o defecto de los incrementos discrecionales de las pensiones, en el caso de que la empresa tenga una obligación implícita de realizar tales aumentos.c) Estimaciones de mejoras en las prestaciones, como consecuencia de las ganancias actuariales que hayan sido reconocidas en los estados financieros, siempre que la empresa esté obligada formalmente, por los términos del plan o por la legislación, a destinar a favor de los participantes del plan cualquier superávit que pueda producirse en el plan, incluso si los incrementos en las prestaciones no han sido todavía formalmente atribuidos.d) El incremento en las prestaciones irrevocables cuando en ausencia de prestaciones nuevas o mejoradas, los empleados consiguen mejores derechos para convertirlas en irrevocables.e) El efecto de cambios en el plan que reducen las prestaciones correspondientes a servicios futuros.Cuando se introduzcan o modifiquen prestaciones, la empresa tendrá que establecer un plan de amortización del coste de los servicios pasados. Podría resultar imposible mantener actualizados los registros detallados necesarios para identificar e implantar cambios sucesivos en este plan de amortización. Además, el efecto inducido posiblemente sea significativo sólo cuando consiste en una reducción o en la liquidación de parte o todo el plan. Por tanto, la empresa sólo ajustará el plan inicial de amortización del coste por servicios pasados cuando se trate de una reducción o una liquidación. En el caso de que la empresa reduzca las prestaciones a pagar en un plan de prestación definida, la disminución resultante del pasivo por compromisos de prestación definida se reconoce como un coste negativo de servicios pasados, a amortizar durante el periodo medio en el que se convierta en irrevocable la porción de prestaciones que ha resultado disminuida sea revocable. En el caso de que la empresa reduzca algunas prestaciones a pagar en un plan de prestación definida y, al mismo tiempo, aumente otras dentro del mismo plan y para los mismos empleados, la empresa tratará el cambio como una única variación, en términos netos.
Activos del plan: reconocimiento y valoraciónComo se ha indicado anteriormente, para determinar el importe que debe reconocerse en el balance de situación, se procederá a restar del valor actual de la obligación el valor razonable de los activos del plan. Si no existe precio de mercado disponible, se procederá a estimar el valor razonable de los activos del plan, por ejemplo mediante el descuento de los flujos de efectivo futuros, utilizando una tasa de descuento que refleje tanto el riesgo asociado a los activos del plan como la fecha de vencimiento o de enajenación esperada de tales activos (o, si no tuvieran fecha de vencimiento, el periodo estimado hasta la liquidación de la obligación de pago correspondiente). En los activos del plan no se incluirán las aportaciones pendientes que la empresa deba al fondo, ni tampoco los instrumentos financieros no transferibles emitidos por la empresa y poseídos por el fondo. De los activos del plan se reducirán cualesquiera pasivos del fondo que no tengan relación con las prestaciones de los empleados, como por ejemplo, las cuentas a pagar, sean o no de origen comercial, y los pasivos que procedan de instrumentos financieros derivados. Cuando los activos del plan comprendan pólizas de seguros aptas, cuyos flujos se correspondan exactamente, tanto en los importes como en el calendario de pagos, con algunos o todos las prestaciones pagaderas dentro del plan, se considerará que el valor razonable de esas pólizas de seguros es igual al valor actual de las obligaciones de pago conexas (lo cual estará sujeto a cualquier eventual reducción que se requiera si los importes a recibir en virtud de las pólizas se seguro no son totalmente recuperables). ReembolsosSólo cuando sea prácticamente cierto que un tercero vaya a reembolsar alguno o todos los desembolsos exigidos para cancelar una obligación por prestaciones definidas, la empresa deberá reconocer su derecho al reembolso como un activo separado. La empresa debe medir tal activo a su valor razonable. Por lo demás, la empresa debería tratar el activo de la misma manera que cualquier otro activo del plan. En la cuenta de pérdidas y ganancias, el gasto relativo al plan de prestación definida debe ser presentado neto de dichos reembolsos. A veces, una empresa acude a una tercera entidad, como puede ser una aseguradora, para pagar parte o todo el gasto requerido para liquidar una obligación por prestación definida. Las pólizas de seguros cualificadas son activos del plan. Una empresa contabiliza las pólizas de seguros cualificadas de la misma forma que contabiliza cualquier otro activo del plan, es decir, su valor razonable se rebaja del importe del pasivo por pensiones. Por el contrario, los derechos de reembolso por una póliza no cualificada se registran como activos separados, y no deduciendo el importe del pasivo actuarial de la obligación. Si el derecho de reembolso surge en virtud de una póliza de seguro que compensa exactamente la cuantía y el calendario de algunas o todas las prestaciones definidas pagaderas en función de un plan de prestación definida, se considerará que el valor razonable del derecho de reembolso es el valor actual de la obligación relacionada. Rendimientos de los activos del planEl rendimiento previsto de los activos del plan es uno de los componentes del gasto a reconocer en la cuenta de pérdidas y ganancias. La diferencia entre el rendimiento previsto de los activos y el rendimiento real es una ganancia o pérdida actuarial, según el caso, y su importe se incluirá con el resto de las ganancias y pérdidas actuariales correspondientes a las obligaciones por prestaciones definidas, a la hora de determinar el importe neto que servirá para realizar las comparaciones con los limites de la «banda de fluctuación» del 10%. El rendimiento previsto de los activos del plan se determina, al principio del período, a partir de las expectativas del mercado para rendimientos a lo largo de todo el período de duración de las obligaciones relacionadas con ellos. Este rendimiento previsto de los activos del plan habrá de reflejar los cambios en el valor razonable de los activos del plan, durante el citado período, que se produzca como consecuencia de las aportaciones reales efectuadas al fondo y de las prestaciones reales pagadas con cargo al mismo. Para determinar el rendimiento previsto y el real de los activos del plan, la empresa deducirá los costes previstos de administración del fondo que sean distintos de los que se hayan incluido en las hipótesis actuariales utilizadas para cuantificar las obligaciones del plan. Reducciones y liquidaciones del planCuando tengan lugar reducciones o liquidaciones en un plan de prestación definida, la empresa debe proceder a reconocer las pérdidas o ganancias derivadas de las mismas que habrán de comprender los siguientes extremos: a) Cualquier cambio que pudiera resultar en el valor actual de las obligaciones por prestaciones definidas contraídas por la empresa.b) Cualquier variación en el valor razonable de los activos del plan.c) Cualesquiera pérdidas y ganancias actuariales y costes por servicios pasados que no hubieran sido previamente reconocidos.Antes de proceder a la determinación del efecto o reducción de la liquidación en cuestión, la empresa debe reestimar el importe de la obligación contraída (así como el valor de los activos del plan, si existiesen) utilizando hipótesis actuariales actualizadas (incluyendo los tipos de interés y otros precios de mercado recientes). Tiene lugar una reducción cuando la empresa: a) bien se ha comprometido, de forma demostrable, a realizar una reducción significativa en el número de empleados cubiertos por el plan;b) bien ajusta las condiciones del plan de prestaciones definida de forma que un componente significativo de los servicios futuros a prestar por los empleados actuales no va a ser tenido en cuenta para el cómputo de las prestaciones en su momento, o bien será tenido en cuenta dando lugar a unas prestaciones menores que las actuales.Se produce una liquidación cuando la empresa realiza una transacción que elimina cualquier compromiso legal o implícito para una parte o la totalidad de las prestaciones comprometidas por un plan de prestación definida. Por ejemplo, cuando estos derechos se intercambian por un pago en efectivo a los partícipes. En algunos casos, la empresa adquiere una póliza de seguro para financiar una parte o la totalidad de las prestaciones de los empleados que se relacionan con los servicios que han prestado en el período corriente y en los períodos anteriores. La adquisición de tal póliza no es una liquidación del plan cuando la empresa conserva la obligación, ya sea legal o implícita, de pagar cantidades futuras si el asegurador no llegara a cubrir las prestaciones futuras especificadas en la póliza de seguros. La cancelación del plan no tiene el carácter de reducción o de liquidación cuando sea reemplazado por otro nuevo que ofrezca prestaciones esencialmente idénticas.
3. Prestaciones de jubilación aseguradas mediante la contratación de pólizas de seguroUna empresa puede financiar sus compromisos de jubilación mediante el pago de primas a pólizas de seguro. En este caso, deberá tratar el plan como un compromiso de aportación definida, a menos que tenga la obligación (ya sea directa o indirectamente a través del plan) legal o implícita de: a) Pagar las prestaciones directamente a los empleados en el momento en que sean exigibles; o b) Pagar cantidades adicionales si la compañía de seguros no satisface todas las prestaciones futuras relativas a los servicios prestados por los empleados en éste y anteriores ejercicios. Si la empresa conservara tal obligación, legal o implícitamente, deberá tratar el plan como si se tratara de un plan de prestación definida. Las prestaciones aseguradas por una póliza de seguros no siempre guardan una relación directa o automática con las obligaciones de la empresa con respecto al pago de prestaciones a sus empleados. Los planes de jubilación de prestación definida que estén instrumentados mediante pólizas de seguro se encuentran sujetos a la misma distinción entre contabilización y financiación que los demás planes cubiertos mediante fondos internos, es decir, se contabilizará la póliza de seguro apta como un activo del plan que se presenta restando del pasivo por pensiones, y se reconocerán las demás pólizas de seguro como derechos separados de reembolso en el activo, si procede.Cuando la póliza de seguros se haya contratado para cubrir los compromisos con los trabajadores y la empresa que la haya contratado no tenga obligación legal o implícita de cubrir las pérdidas o déficits derivados de la póliza, es decir, cuando no exista ningún compromiso de pagar las prestaciones de los empleados, puesto que la compañía de seguros es responsable exclusiva de tales pagos, entonces el pago de las primas fijas establecidas por la póliza es, sustancialmente, la forma de liquidar la obligación relativa a la prestación de los empleados, y no una inversión que vaya a servir para cumplir en el futuro con los compromisos adquiridos. En consecuencia, la empresa no posee ni un activo ni un pasivo por este concepto. Por ello, la empresa tratará contablemente tales primas como aportaciones realizadas a un plan de aportación definida.
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