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Nº 20 - Año 2002 |
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Entrevista CONCEPCIÓN BERMÚDEZ
Presidenta
de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (C.L.E.A.) Abogada
en ejercicio, profesora en el Master de Derecho Comunitario de la
Universidad Complutense de Madrid y del INESE, Vicepresidenta del
Colegio de Administradora de Fincas de Madrid hasta octubre
de 2001, ocupa desde ese mismo año la presidencia de la C.L.E.A.
Empecemos por
su libro. El título, LA CLEA. Su
huella que recientemente ha escrito,
es un epitafio de la Comisión Liquidadora como organismo autónomo
de derecho privado. No, yo creo que
la función de la CLEA evidentemente va a persistir, y por eso se ha
pensado en su integración en
el Consorcio. Si se pensase que la función de la CLEA no era necesaria,
simplemente se habría pensado en liquidar el propio organismo; cuando
se integra en el Consorcio de Compensación de Seguros es porque se
piensa que la función de la CLEA tiene que persistir y debe persistir y
por lo tanto el título al que alude no es más que hablar de la huella
que todo el proceso de liquidación ha dejado en el procedimiento y en
el proceso jurídico español que ha sido muy grande, en virtud que ha
sido un proceso muy innovador, que no tenía antecedente ninguno en el
ordenamiento jurídico español y ha tenido necesariamente mucha
conflictividad jurídica. Ha acudido a los tribunales en muchísimas
ocasiones con muchos de los temas de su propio proceso de liquidación,
entonces eso ha dejado una huella en el ordenamiento jurídico y eso es
por lo que se hablaba de la huella, pero no se trata de ningún
epitafio, todo lo contrario, pensamos que el procedimiento de liquidación
es un procedimiento tan válido, que el legislador ha pensado que para
su mantenimiento y persistencia deberían integrarse en un organismo
como es el Consorcio que le da una estabilidad de futuro, precisamente
porque se necesita que se mantenga. ¿Esta
integración va a ser
beneficiosa para el asegurador y el asegurado al haber un mayor control,
mayores coberturas o mayor estabilidad, como me ha contestado ahora, o
por el contrario supondrá una mayor burocracia que reste
agilidad y flexibilidad en los plazos de liquidación de las
entidades aseguradoras? La integración
no tiene ni mucho menos por que llevar a una mayor burocracia, todo lo
contrario. El marco jurídico de el Consorcio es un marco jurídico más
flexible que el que tiene en este momento la COMISIÓN LIQUIDADORA DE
ENTIDADES ASEGURADORAS (CLEA). La CLEA es en este momento un organismo
autónomo, en tanto que el Consorcio es una entidad pública
empresarial. Esto en el marco institucional de la Administración pública
implica que dentro de los controles que en cuanto a entidad pública
empresarial tiene, su marco de actuación y su forma de actuación, es
menos rígida, más flexible que la propia que tiene ahora la COMISIÓN
LIQUIDADORA DE ENTIDADES ASEGURADORAS (CLEA), porque yo creo que con la
integración en el Consorcio, no sólo se va a ganar en agilidad sino
que además se va a ganar en estabilidad y
los asegurados van a tener mejor servicio, todavía, que el que
ahora estamos dando en la CLEA ¿Cuál es el
peor año que recuerda en la tramitación de liquidaciones? Pues, quizá el
año 96; si la memoria no me falla.
Todo el Grupo 86, Mas, Mades y alguna otra que había alrededor
del grupo. Entonces la CLEA tenia una estructura todavía más reducida
que la que tiene ahora, era una CLEA que, como no había tenido todavía
una gran actividad, no estaba bastante preparada para hacer frente a una
entrada de un grupo tan grande y aquello se sacó adelante gracias al
trabajo de la gente de la CLEA que la verdad es que siempre ha tenido
una plantilla muy joven y muy entusiasta del trabajo
que no se ha movido nunca en consideración a burocracias, a
horarios etcétera. Siempre se ha movido, ha echado todas las horas que
ha tenido que echarle para sacar las liquidaciones a flote y aquel fue
un año que yo lo recuerdo tremendo. Y luego, ya más recientemente, la entrada de la aseguradora
Europa, en el año 99. Fue también un año de muchísima actividad
dentro de la CLEA porque primero Europa era una compañía tremendamente
grande, con una cantidad de siniestros importantísimos por liquidar y
porque además fue una de las primeras compañías que la CLEA no
contrató empresa de servicios para ayudarla,
sino que hizo la liquidación directamente a través de sus
propios medios y quedándose con parte del personal de la compañía
para liquidar.
y una
mayor eficacia cara al asegurado que se ve inmerso, desagraciadamente,
en un periodo de liquidación. En su opinión
y con la gran experiencia que tiene, las quiebras de las aseguradoras, a
qué se han debido. A falta de capital, malos riesgos asumidos, al tamaño
inadecuado de las aseguradoras, problemas de mala gestión o a una política
comercial muy agresiva. Ha
habido una mezcla de todo ello. En algunas compañías se ha visto
claramente una malísima gestión por parte de sus gestores, en otras
entidades simplemente ha sido el producto de la situación
del mercado. Las compañías pequeñas no podían sobrevivir en
el mundo actual del seguro y el mercado español estaba excesivamente
atomizado, era excesivamente pequeño y el desenlace lógico era que
esas compañías tenían que acabar con una fusión o una absorción, y
si eso no lo lograban su fin era la liquidación; entonces ha habido una
mezcla de factores. En otras compañías, efectivamente se ha notado una
política agresiva de bajada de precios de las primas que ha
llevado a la compañía a no poder aguantar. No atendieron al informe técnico de sus actuarios. Exactamente, no
han hecho caso a los Actuarios Pero, sin
embargo, solamente en el caso de Apolo los administradores se han visto
inmersos en un proceso penal. No, eso no es
cierto. Procesos penales hemos tenido muchísimos contra los
administradores. El caso de Apolo, como ha sido el último en el cual se
ha dictado sentencia, ha sido el más conocido en le mercado pero, que
me venga a la memoria, Nortiberia,... los administradores de Nortiberia;
además, ya tienen sentencia firme por parte del Tribunal Supremo. También,
hay una sentencia contra los administradores de First y ha habido
alguna otra sentencia. Estoy hablando de sentencias
condenatorias, luego desgraciadamente hemos tenido algunas absolutorias
porque el tipo de delito que nosotros ponemos en conocimiento de los
jueces, no es un delito de fácil demostración. Todo el mundo sabe que
los delitos económicos son de difícil prueba ante el juzgado y no
siempre hemos conseguido esa prueba o no siempre los tribunales han
entendido, que aquello era causa de delito. Muchos de ellos pueden
entender que hay causas civiles pero no penales, de hecho también
tenemos alguna sentencia contra administradores de
compañías, no desde el punto de vista penal, pero sí desde el
punto de vista civil por responsabilidades de actuación. ¿No se podían
haber evitado alguna de estas quiebras con una actuación previa más
rigurosa o más dura por parte de la inspección de seguros? Esa sería una
pregunta que yo desde luego no puedo contestar, porque la CLEA solo
tiene competencia a partir del momento en que la orden ministerial le
otorga la liquidación de una entidad. Por lo tanto,
en todo el periodo anterior no intervenimos ni es competencia
nuestra, pero aún no siendo competencia nuestra, he de decir que la
actuación de la Dirección General de Seguros (D.G.S.), vista desde
fuera y no lo digo como presidenta de la CLEA, sino como Concha Bermúdez,
es una actuación siempre muy complicada. Se
ve muy bien y muy fácil desde fuera preguntar «Por qué esta entidad
no fue liquidada antes o no fue disuelta antes». Pues,
porque cerrar una compañía de seguros no es una decisión que
sea fácil y lógicamente se debe de dar oportunidad a la entidad
siempre que se pueda, a presentar un plan de viabilidad. Hay
muchas veces que gracias a
que la D.G.S. ha sido prudente y no las ha disuelto en el primer
momento, sino que simplemente las ha dado plazo, para presentar un plan
de viabilidad, para reducir
gastos, para fusionarse con otras compañías, etcétera;
muchas entidades, muchísimas se han salvado gracias a esa política.
Otras desgraciadamente agotadas todas las posibles vías de salvamento,
han llevado a la D.G.S. a tener que disolverlas y encomendar su
liquidación a la CLEA, pero lógicamente su misión no es actuar cual brazo invisible ejecutor,
cerrando compañías a diestro y siniestro, sino tratando que el
mercado absorba esas entidades que pueden tener problemas. Han habido
compañías que se han
reflotado, que sus asegurados han visto que otras entidades las han
absorbido, se han fusionado, ha habido cesiones de carteras y esas son
mejores salidas; la liquidación es la peor solución. La liquidación
significa que la Compañía se ha muerto y nosotros la enterramos, lógicamente
antes de llegar a la muerte de la compañía hay que tratar de salvarla,
aunque sea en una U.V.I durante un tiempo. ¿Se ha
tramitado alguna vez un expediente de gestora de planes de pensiones o
no es su campo? No hemos
tramitado ninguno todavía Desde su creación
en el año 1984 hasta el 2000, la CLEA tramitó 243 expedientes de
liquidación. En el 2001 tres y uno en lo que va de año 2002. La baja
tramitación de expedientes por parte de la CLEA ¿es una demostración
de la buena salud del sector, y podemos decir que su saneamiento ha
terminado? Es evidente que
en los últimos años han entrado muchas menos compañías en la CLEA,
yo creo que sí es significativo. El sector del Seguro se ha ido
saneando durante todos estos años, y evidentemente y es de esperar que
esta situación continúe así, porque vuelvo a repetir que aunque yo
sea presidenta de la CLEA y mi función sea liquidar compañías
de seguros, lo mejor que le puede pasar al sector, es que llegue
un momento en que no haya compañías de liquidación. Dado que hay
menos procesos de liquidación. Menos compañías entrando en la CLEA.
¿Bajará el recargo que pagan las Aseguradoras a la CLEA, el famoso 5
por mil? Eso no es
tampoco competencia de la CLEA. La
CLEA se encuentra con una legislación que dice 5 por mil, si el
legislador ve que no es necesario el mantenimiento de ese recargo, pues
tendrá que ser el legislador quien lo reduzca. Porque la CLEA, opinase
lo que opinase, no podría ella voluntariamente, ni es su competencia,
ni podría modificarlo, por otra parte además el mencionado recargo,
según la ley, no pertenece a la CLEA, es propiedad del Consorcio. La
CLEA pide al Consorcio subvenciones. ¿Incluso
en este momento que la CLEA es, todavía,
organismo autónomo el recargo pertenece al Consorcio? Si, si, incluso
en este momento como organismo autónomo, la ley hizo la provisión de
que ese 5 por mil fuese
propiedad del Consorcio. Lo recauda el Consorcio, lo gestiona el
Consorcio y lo tiene el Consorcio en depósito. La CLEA según va
necesitando el dinero, solicita del Consorcio la subvención
correspondiente, por lo tanto el posible depósito que haya del recargo
no lo tiene la CLEA, lo tiene el Consorcio. La CLEA, solo pide
subvenciones a medida que las va necesitando. La CLEA es la
hermana gemela del Fondo de Garantía de Depósitos (F.G.D.). Han
entrado muy pocos bancos,
cajas de ahorro y cooperativas de crédito, en el F.G.D.
yo ahora no recuerdo ninguno. ¿Cree que es debido a que las
carteras de clientes bancarios son más atractivas para las entidades
financieras? La verdad es
que habría que preguntárselo a los bancos, ya que supongo que es por
una simple razón, que un banco entre en quiebra es mucho más difícil
que entre una compañía de seguros, y por otra parte el propio mundo
bancario se ha encargado él, cuando
ha habido bancos en dificultades, de fusionarse o absorberlos y no ha
dado lugar en la mayoría de los casos a una liquidación Ya por último,
¿en alguna parte de Europa o América, existen organismos similares a
la CLEA? Similar
a la CLEA no ha habido ninguna, ni la hay en Europa ni en la Unión
Europea ni en el resto del mundo. El modelo de la CLEA es un modelo único
que ha interesado muchísimo en el extranjero siempre, de hecho tenemos
muchísimas visitas sobre todo de Hispanoamérica preguntando por el
sistema CLEA. Les hemos mandado mucha información al respecto, ponerlo
en marcha no es tan fácil, sobre todo en países donde el sector
asegurador quizá no está tan evolucionado como esta en Europa, y en
Europa a lo mejor porque tampoco ha hecho falta. Tampoco el número de
compañías que en Europa han entrado en liquidación les ha impulsado a
la creación de un organismo específico para liquidar las compañías.
Sí es cierto que las ventajas que da el sistema de la CLEA, no lo tiene
en este momento ningún país europeo, ni siquiera de la Unión Europea;
de hecho la Directiva de Liquidación que todavía está por transponer
al ordenamiento jurídico español, prevé un sistema bastante menos
protector y tuitivo para el asegurado que lo que es la CLEA; por lo
tanto, esa transposición de esa directiva para el sistema español no
va a causar ningún problema. La CLEA da muchísima más protección que
la que la Unión Europea esta teniendo en su Directiva de Liquidación. ¿La CLEA va a
poder ser tan protectora como
hasta ahora, o se tendrá
que acoger a las directrices de la Unión Europea? No, como toda directiva, es una directiva de mínimos y nosotros estamos por encima de esos mínimos. Habrá que hacer alguna modificación, la mayoría de tipo formal, como de publicidad etcétera, que la Directiva prevé y que, lógicamente, no está previsto en el ordenamiento jurídico actual. La adaptación del sistema español a la Directiva se puede hacer sin trauma alguno, porque el sistema español –como he dicho- es mucho más tuitivo. Tendremos que adaptarnos en algunas cuestiones, pero el sistema en si, prácticamente puede ser el mismo. |