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INSTITUTO DE ACTUARIOS ESPAÑOLES
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ESCUELA DE PRÁCTICA ACTUARIAL Y FINANCIERA |
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La Escuela de Práctica Actuarial y Financiera es el órgano del Instituto de Actuarios Españoles encargado de la organización, desarrollo y gestión de las actividades de formación. La finalidad de la Escuela es facilitar el acceso de los actuarios a los conocimientos necesarios para el mejor ejercicio de la profesión. La Escuela deberá proporcionar una formación eminentemente práctica sin perjuicio de que pueda organizar sesiones con un carácter más teórico, motivado por el contenido de las mismas o por el público al que vayan dirigidas. Asimismo, la Escuela facilitará el acceso a la formación de reciclaje y perfeccionamiento necesaria para mantener, entre los actuarios, unos niveles adecuados de capacitación profesional acorde con las exigencias que la sociedad demanda de la profesión actuarial. Por lo tanto, la Escuela deberá ser un centro de formación continua para los miembros del Instituto. En este mismo sentido la Escuela promoverá sesiones sobre los temas de mayor actualidad relacionados con la profesión de actuario. La Escuela, dentro de lo que su capacidad económica le permita, deberá hacer asequibles las sesiones que imparta al mayor número de miembros titulares del Instituto posible así como a empleados de miembros protectores del Instituto. Para ello, establecerá un programa de becas, totales o parciales, exclusivas para colegiados que deberá fijar en cada sesión. El número y la categoría de becarios será establecido en función del número de asistentes en cada sesión formativa. Tendrán prioridad para ser becados los colegiados en desempleo y los titulados en los dos años anteriores al inicio de la sesión de que se trate. En igualdad de condiciones tendrán prioridad los que acrediten un mejor expediente académico universitario. Con este mismo objetivo de acceso general a la formación, la Escuela fomentará el uso de herramientas telemáticas que le permita impartir formación no presencial con la misma calidad y grado de exigencia que en las sesiones presenciales. La Escuela podrá colaborar o pedir la colaboración de otras instituciones públicas o privadas para alcanzar sus fines.
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